La Seguridad Social ofrece distintas prestaciones para cubrir situaciones inesperadas: la pérdida de un ser querido, la dependencia de los hijos, o una incapacidad temporal o permanente.
Conocer cómo se calculan te ayudará a planificar tu futuro y comprobar si necesitas complementar estas coberturas con un seguro de vida riesgo.
En este post describimos cada tipo de prestación, su aplicación práctica y cómo nuestra calculadora interactiva te permite obtener una estimación instantánea.
Prestaciones Seguridad Social: Pensión de Viudedad

¿Qué cubre?
Compensa la pérdida de ingresos tras el fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho.
¿A quién va dirigida?
Al cónyuge superviviente, siempre que cumpla un mínimo de cotización (500 días en los últimos 5 años en el Régimen General; sin requisito en Autónomos).
¿Cómo se calcula?
Se obtiene la base reguladora (BR) promediando las bases de cotización de los 24 meses anteriores, dividido entre 28.
La pensión es el 52 % de esa BR, pagada en 14 mensualidades.
Ejemplo: Si tu BR es 1 500 € al mes, recibirás 780 € × 14 pagas al año.
Prestaciones Seguridad Social: Pensión de Orfandad
¿Qué cubre?
Apoyo económico a los hijos tras el fallecimiento de uno o ambos progenitores.
¿A quién va dirigida?
A los menores de 21 años; en ciertos casos hasta 25 si estudian. También se exige cotización previa del progenitor fallecido.
¿Cómo se calcula?
Se toma la misma BR que para viudedad.
Se aplica un 20 % de la BR por cada hijo dependiente.
Ejemplo: Con BR de 1 500 €, cada hijo recibe 300 € × 14 pagas anuales.
Viudedad + orfandad combinada
En familias con hijos dependientes, ambas pensiones se suman, pero nunca superarán la BR.
Nuestra calculadora muestra cómo esa suma va decreciendo cuando los hijos cumplen la edad límite, hasta quedar sólo la pensión de viudedad.

Prestaciones Seguridad Social: Incapacidad Temporal IT

¿Qué cubre?
Sustituye parte de tu salario cuando no puedes trabajar por enfermedad o accidente.
Accidente laboral o enfermedad profesional: desde el día 1, el 75 % de la BR diaria.
Enfermedad común:
Días 1–3: 0 %
Días 4–20: 60 %
Desde el día 21: 75 %
Cálculo práctico:
Divide tu base mensual entre 30 para obtener la BR diaria.
Multiplica por el porcentaje correspondiente y el número de días en cada tramo.
Prestaciones Seguridad Social: Incapacidad Temporal IT
¿Qué cubre?
Pagos periódicos o indemnizaciones si sufres una incapacidad duradera.
Parcial: indemnización única de 24 BR.
Total: 55 % de la BR (14 pagas).
Total cualificada (> 55 años): 75 % de la BR.
Absoluta: 100 % de la BR.
Gran invalidez: 150 % de la BR.

¿Por qué un seguro de vida riesgo?
La Seguridad Social te ofrece estos mecanismos básicos, pero en muchos casos:
Las cuantías pueden quedarse por debajo de tus necesidades reales.
Los requisitos de cotización o edad pueden dejarte temporalmente sin prestación.
Un seguro de vida riesgo te brinda:
Un capital o renta garantizada a tus beneficiarios, sin importar edad o periodos de carencia.
Flexibilidad para ajustar coberturas a tu situación (conyugue, hijos, hipoteca…).
Tranquilidad financiera ante lo inesperado.
Si eres autónomo, tienes opciones adicionales de protección con nuestro Seguro de baja para autónomos: ¿lo necesito?
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