Qué cubre nuestro seguro para perros y gatos

Por qué no basta con “cualquier seguro”

  • Responsabilidad Civil (RC) a terceros y defensa jurídica: cubre indemnizaciones y tu defensa por daños causados por el animal.
  • Daños al propio animal (opcionales): gastos veterinarios por accidente, muerte/sacrificio por accidente, robo y extravío (anuncios/hospedaje).
  • Residencia por hospitalización del dueño (opcional): estancia del animal mientras estás ingresado.

 

En pólizas de hogar, suele incluirse solo la RC familiar (a veces con límites/exclusiones, por ejemplo, determinadas razas PPP). No suelen cubrir daños al animal ni servicios específicos (residencia, anuncios por extravío, etc.). 

Saber más de la RC incluida en nuestro seguro de hogar

¿Es obligatorio un seguro para perros en toda España?

que cubre seguro perros y gatos
  • La Ley 7/2023 (bienestar animal) prevé que todos los propietarios de perros cuenten con seguro de RC. La exigencia general depende de su desarrollo reglamentario: hasta que el reglamento se apruebe y entre en vigor, la obligación estatal para todos los perros queda pendiente.
  • Sigue vigente la obligación histórica de RC para Perros Potencialmente Peligrosos (PPP) conforme a la Ley 50/1999 y el RD 287/2002 (además de la licencia y otros requisitos).
  • Comunidades autónomas y ayuntamientos pueden exigir RC a cualquier perro en su territorio. Recomendación: verificar normativa local (CCAA/municipio).


Conclusión práctica (2025):

  • PPP: RC obligatoria ya.
  • Resto de perros: la obligatoriedad estatal general está pendiente del reglamento; puede haber exigencias autonómicas o municipales.


Para saber más mira nuestro anexo sobre legislación vigente


Si solo quieres cumplir la RC, tu seguro de hogar puede servir si cubre mascotas y no excluye tu caso; para cubrir accidentes/robo/extravío/residencia, necesitas un seguro específico.

Qué cubre el seguro de perros y gatos: extracto de coberturas

  • RC, defensa y fianzas: indemnizaciones a terceros y defensa jurídica del propietario y convivientes por daños del animal.
  • Gastos veterinarios por accidente (opcional): pruebas, cirugía, postoperatorio (no enfermedad).
  • Muerte/sacrificio por accidente (opcional): valor del animal; a partir de cierta edad se aplica depreciación.
  • Robo (opcional): indemniza hasta el capital contratado.
  • Extravío (opcional): anuncios y hospedaje si se localiza y no puede entregarse de inmediato.
  • Residencia por hospitalización del dueño (opcional): estancia del animal máximo los días de ingreso + 2.
  • Carencias/edades: en daños al animal suele aplicarse carencia de 15 días y límites de edad asegurables (p. ej., no <4 meses ni >10 años para ciertos módulos).

 

Límites económicos (cómo funcionan)

  • Cada garantía queda topada por su Capital Asegurado (figura en tus Condiciones Particulares).
  • RC: el límite pactado incluye defensa jurídica y fianzas.
  • Gastos veterinarios / muerte-sacrificio / robo / extravío / residencia: cada una con su capital; si el animal supera cierta edad (p. ej., >10 años), puede aplicarse depreciación anual sobre su valor a efectos de indemnización.
qué cubre seguro perros y gatos

Seguro para perros y gatos: ¿cuánto cuesta realmente?

Solo RC

Responsabilidad Civil
48,67 Desde / Año
  • RC 150.000 € / 200.000 € / 300.000 €
  • Reclamación de Daños 6.000 €
  • Asistencia telefónica
Básico
seguro para perros obligatorio

RC + Daños

Daños hasta 500 €
75,71 Desde / Año
  • RC 150.000 € / 200.000 € / 300.000 €
  • Reclamación de Daños 6.000 €
  • Asistencia telefónica
  • Muerte / Gastos veterinarios por accidente <=500 €
  • Gastos sacrificio 125 €
  • Robo <=400 €
  • Extravío 200 €
  • Estancia residencia 150 €

RC + Daños

Daños hasta 750 €
97,34 Desde / Año
  • RC 150.000 € / 200.000 € / 300.000 €
  • Reclamación de Daños 6.000 €
  • Asistencia telefónica
  • Muerte / Gastos veterinarios por accidente <=750 €
  • Gastos sacrificio 125 €
  • Robo <=600 €
  • Extravío 200 €
  • Estancia residencia 225 €

RC + Daños

Daños hasta 1000 €
113,56 Desde / Año
  • RC 150.000 € / 200.000 € / 300.000 €
  • Reclamación de Daños 6.000 €
  • Asistencia telefónica
  • Muerte / Gastos veterinarios por accidente <=1.000 €
  • Gastos sacrificio 125 €
  • Robo <=800 €
  • Extravío 200 €
  • Estancia residencia 300 €

¿Conoces nuestro seguro de hogar?

FAQ – Preguntas más frecuentes

1) ¿Qué es exactamente un “accidente” a efectos del seguro?

A efectos de estas garantías, se entiende por accidente una lesión corporal del animal violenta, súbita y externa, independiente de su voluntad. La póliza suele enumerar supuestos típicos, entre otros:

  • Atropello
  • Peleas con otros animales que provoquen lesiones.
  • Caídas y golpes (roturas, traumatismos, lesiones internas que impidan andar/correr/saltar).
  • Accidentes de circulación cuando viaja en vehículo.
  • Ingestión de cuerpos extraños (por ejemplo, huesos, juguetes, anzuelos…) que requieran intervención.
  • Actos vandálicos que causen lesiones al animal.

Importante: para que la garantía de gastos veterinarios por accidente o la de muerte/sacrificio por accidente se active, el hecho debe encajar en esa definición (lesión violenta, súbita y externa) o en los supuestos listados.

¿Qué NO es accidente?

  • Enfermedades (de cualquier tipo: víricas, bacterianas, parasitarias, degenerativas, congénitas, etc.).
  • Envenenamientos o intoxicaciones (salvo inclusión expresa en póliza, lo habitual es que no).
  • Causas propias de la edad, taras o defectos congénitos.
  • Cirugía estética o procedimientos no necesarios por un accidente (orejas, rabo, etc.).

Mini-guía rápida (sí / no)

  • Se clava un cristal en la almohadilla → Sí, accidente (lesión súbita y externa).
  • Se traga un juguete y hay que operarlo → Sí, accidente (ingestión de cuerpo extraño).
  • Artritis por edad → No (enfermedad/degenerativo).
  • Parvovirus / moquillo → No (enfermedad infecciosa).
  • Diarrea por cambio de pienso → No (enfermedad/alteración digestiva).
  • Sufre golpes al caer por la escalera → Sí, accidente.
  • Intoxicación por planta → Habitualmente no (intoxicación), salvo inclusión expresa.
  • Mordedura de otro perro en el parque → Sí, accidente (pelea con lesiones).

¿Qué documentación me pedirán si digo que “fue un accidente”?

  • Informe veterinario con diagnóstico, tratamiento y causa probable.
  • Facturas y, si procede, pruebas (radiografías, eco, analíticas…).
  • En robo: denuncia ante la autoridad. En extravío: comunicación municipal.
  • Si hubiese muerte/sacrificio, el asegurador puede exigir examen por veterinario designado y la conservación de restos durante un plazo para verificación.

2) ¿Cuándo se activan las garantías opcionales y con qué límites?

  • Gastos veterinarios por accidente: cuando el hecho encaja en accidente. Límite: Capital Asegurado de esta garantía.
  • Muerte/sacrificio por accidente: si el veterinario determina que corresponde. Indemniza el valor del animal (según póliza) y puede incluir sacrificio y destrucción del cadáver. Límite: Capital Asegurado; a partir de cierta edad se aplica depreciación anual.
  • Robo: con fuerza/violencia. Límite: hasta el Capital Asegurado (habitual: el valor del animal). Si aparece antes de un plazo (p. ej., 60 días), se devuelve la indemnización y se recupera al animal; si aparece después, el asegurado puede optar.
  • Extravío: pérdida por descuido. Cubre anuncios y, si se localiza pero no se puede entregar de inmediato, hospedaje. Límite: Capital Asegurado de extravío.
  • Residencia por hospitalización del dueño: cubre estancia en residencia los días de hospitalización + 2. Límite: Capital Asegurado de esta garantía.

Nota: en daños al animal suele existir carencia de 15 días desde el alta de la póliza. Revisa también edades asegurables.

3) ¿Me vale la RC del seguro de hogar?

Puede valerte si tu póliza de hogar incluye RC familiar que no excluye mascotas o tu caso concreto (razas PPP, número de animales, actividades, etc.). Revisa:

  • Límites (suma máxima por siniestro).
  • Franquicias y exclusiones (p. ej., PPP).
  • Ámbito geográfico.

Si además quieres proteger a tu animal (accidente, robo/extravío, residencia), necesitarás un seguro específico de mascotas.

4) ¿Qué pasa si mi perro es PPP?

Los PPP mantienen su régimen propio (licencia, medidas y RC obligatoria). Verifica el límite mínimo exigido en tu CCAA (habitualmente elevado) y que tu póliza (de hogar o de mascotas) no excluya PPP.

5) ¿Mi póliza cubre viajes y estancias fuera de casa?

Depende del ámbito territorial y de si viajas a otro país. La RC de hogar/mascotas suele tener un ámbito definido (nacional y, a veces, ampliaciones). Revisa Condiciones Particulares si viajas con tu mascota.

6) ¿Qué ocurre si el animal es mayor?

Para la garantía de muerte/sacrificio por accidente muchas pólizas aplican depreciación del valor real a partir de cierta edad (p. ej., >10 años). Algunas opciones de daños al animal no están disponibles por encima de una edad tope.

7) ¿Qué diferencias hay entre robo y extravío?

  • Robo: requiere violencia o fuerza → indemnización por valor del animal (dentro del capital pactado).
  • Extravío: pérdida por descuido → cobertura de anuncios y hospedaje (si se localiza). No es lo mismo que robo.

8) ¿Qué debo hacer en caso de siniestro?

  • Accidente: acude al veterinario, guarda informe y facturas. Comunica a la aseguradora cuanto antes.
  • Robo: presenta denuncia y envíala a la aseguradora.
  • Extravío: comunica al ayuntamiento y conserva justificantes.
  • RC: recaba datos del tercero, parte de siniestro y, si procede, atestado. No hagas reconocimientos de responsabilidad sin asesoramiento.

ADENDA LEGAL: Obligación de seguro de RC para perros

  • La Ley 7/2023 (bienestar animal) prevé que todas las personas titulares de perros cuenten con seguro de responsabilidad civil. Sin embargo, la exigibilidad general a nivel estatal depende del reglamento de desarrollo.
  • A 29 de octubre de 2025, el Real Decreto que concreta esa obligación ha estado en exposición pública con propuesta de cobertura mínima (p. ej., 100.000 €), pero no consta aprobado ni en vigor, por lo que la obligación estatal general todavía no es exigible.
  • Sigue vigente la obligación de RC para perros potencialmente peligrosos (PPP) del régimen histórico (Ley 50/1999 y RD 287/2002), con mínimos que fijan o concretan las CCAA (habitualmente elevados).
  • Comunidades autónomas y ayuntamientos pueden imponer RC obligatoria para todos los perros en su territorio. Verifica siempre tu normativa local.

Resumen aplicable hoy:

  • PPP: RC obligatoria ya (más requisitos como licencia).

Resto de perros: la obligación estatal general de RC sigue pendiente de que el reglamento se apruebe y entre en vigor; puede ser obligatoria por normas autonómicas o municipales.

Seguros de vida

Saber más sobre nuestra póliza de vida riesgo